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El 28 de enero de 2005 el gobierno de Carlos Mesa dicta el Decreto Supremo N° 27988 convocando a elección para la selección de Prefectos Departamentales el día 12 de junio de 2005, disponiéndose asimismo que el Presidente de la República será quien designe como Prefectos a los candidatos que en la votación hubieran obtenido la mayoría simple de los votos emitidos. Contra el referido Decreto Supremo se interpuso recurso directo de inconstitucionalidad de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 1836, el mismo que una vez sustanciado por el órgano guardián de la Ley. Fundamental merece Sentencia Constitucional N° 0075/2005 de 13 de octubre de 2005, mediante la que se establece que el mencionado Decreto Supremo no vulnera ni contradice lo previsto por el Art. 1091 de la Constitución Política del Estado, estableciéndose consiguientemente su obligatoriedad. Mediante Ley de la República N° 3015 de 8 de1 abril de 2005 se autoriza a la Corte Nacional Electoral llevar a cabo el proceso de elección para la selección de Prefectos (as) Departamentales mediante voto universal directo, libre, obligatorio y secreto, dividiéndose a tal efecto el territorio nacional en nueve circunscripciones departamentales, estableciéndose asimismo a través de sus artículos 30 y 40 respectivamente que la convocatoria para la selección de Prefectos(as) Departamentales deberá ser realizada por el Presidente de la República y que la fecha para su realización será fijada en el correspondiente Decreto Supremo de Convocatoria. Así establecido, el mismo 8 de abril de 2005 el Presidente Interino de la República promulga el Decreto Supremo NO 28077 mediante el que se convoca a elecciones para la selección de un Prefecto en cada uno de los nueve Departamentos para el día 12 de agosto de 2005. Posteriormente, la Ley N° 3090 de 6 de julio de 2005 realiza la interpretación del Art. 109 de la Constitución Política del Estado disponiéndose que la designación presidencial de los Prefectos de Departamento se realizará precedida de un proceso de elección por voto universal y directo por simple mayoróa. La misma fecha, mediante Decreto Supremo N° 28229 se modifica la fecha de convocatoria para el proceso de selección de Prefectos(as) Departamentales establecida por el Decreto Supremo N° 28077 para el 12 de agosto de 2005, disponiendo que dicho proceso deberá realizarse simultáneamente y en la misma fecha de las elecciones generales convocadas para el 4 de diciembre del mismo año |